Artículo 1 — Artículo 1
Incorpórase a las planillas del Ministerio de Relaciones Exteriores (Item 9.03 -Consulados-) un cargo de Cónsul General de Primera Clase, Categoría I, Grado 16.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Incorpórase a las planillas del Ministerio de Relaciones Exteriores (Item 9.03 -Consulados-) un cargo de Cónsul General de Primera Clase, Categoría I, Grado 16.
Artículo 2 — Artículo 2
El cargo que se crea por la presente ley tendrá la misma partida de gastos de oficina que fija el Presupuesto General de Gastos en vigor a los actuales Cónsules Generales de Primera Clase.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.