Ley11485·1950

CORTE ELECTORAL. REGISTRO CIVICO NACIONAL. CREDENCIAL CIVICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de abril de 1950

Fecha de publicación

14/09/1950

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales, la suma de noventa y cinco mil pesos ($ 95.000.00) para ser entregados a la Corte Electoral, con destino a satisfacer los gastos que demandan la renovación de credenciales, la regularización de expedientes inscripcionales y la verificación de defunciones.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 4 de setiembre de 1950Promulgación (11485)
  2. 14 de setiembre de 1950Publicación (11485)