Artículo 1 — Artículo 1
Otórgase por gracia especial, a la señorita Benedicta Díaz, una pensión de seiscientos cuarenta y ocho pesos ($ 648.00) anuales, la que será atendida por Rentas Generales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Otórgase por gracia especial, a la señorita Benedicta Díaz, una pensión de seiscientos cuarenta y ocho pesos ($ 648.00) anuales, la que será atendida por Rentas Generales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.