Ley11519·1950

CORTE ELECTORAL. AUTORIZACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/09/1950

Fecha de publicación

10 de julio de 1950

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que el artículo 1º de la ley de 6 de octubre de 1949 que autoriza al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales la cantidad de ochocientos veinte mil pesos ($ 820.000.00) para ser entregada a la Corte Electoral, faculta a ésta para invertir esa suma en la inscripción cívica, renovación de credenciales, instalación y funcionamiento de oficinas inscriptoras delegadas en todo el país, alquileres, sueldos, viáticos, transporte de material, confección del padrón electoral, adquisición de material inscripcional, instalaciones para oficinas, muebles, útiles y otros gastos extraordinarios e imprevistos.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 30 de setiembre de 1950Promulgación (11519)
  2. 7 de octubre de 1950Publicación (11519)