Ley11529·1950

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. MONUMENTOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de mayo de 1950

Fecha de publicación

19/10/1950

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales hasta la cantidad de veinte mil pesos ($ 20.000.00), destinada a solventar los gastos de erección de un monumento al Jefe de los Orientales José Artigas, en la ciudad de Tacuarembó.

Artículo 2Artículo 2

Dicha cantidad será despositada, en su oportunidad, en la Sucursal del Banco de la República Oriental del Uruguay de la referida ciudad, bajo el rubro "Pro Monumento a Artigas", de donde podrá ser retirada, a aquellos fines, por la Comisión "Pro Monumento a Artigas" recientemente constituída en la ciudad de Tacuarembó, previa autorización del Poder Ejecutivo.

Artículo 3Artículo 3

Cométese al Comité Ejecutivo de la Comisión "Pro Monumento a Artigas" de la ciudad de Tacuarembó, la facultad de designar al artista que ha de estudiar el proyecto y ha de construir el referido monumento, - artista que necesariamente deberá ser de nacionalidad uruguaya-, así como también la de indicar conjuntamente con el señor Intendente y Junta Departamental de aquella ciudad, el sitio público donde deberá ser erigido.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 5 de octubre de 1950Promulgación (11529)
  2. 19 de octubre de 1950Publicación (11529)