Ley11536·1950

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. FIEBRE AFTOSA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de junio de 1950

Fecha de publicación

11 de julio de 1950

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales, hasta la suma de (cincuenta mil pesos) $ 50.000.00 para la adquisición de animales vacunos y porcinos destinados a la preparación de vacunas por el Servicio de Fiebre Aftosa y otras Enfermedades a Virus, de la Dirección de Ganadería.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase, asimismo, al Poder Ejecutivo, para tomar de Rentas Generales, hasta la suma de (diez mil pesos) $ 10.000.00 destinada a solventar los gastos que demande la aplicación del plan estructurado por el Laboratorio de Biología Animal "Doctor Miguel C. Rubino", para combatir la Enterotoxemia de los lanares.

Artículo 3Artículo 3

La Dirección de Ganadería destinará el importe de la venta de animales utilizados para la preparación de vacunas antiaftosas, a la adquisición de nuevos animales con el mismo fin.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 6 de octubre de 1950Promulgación (11536)
  2. 7 de noviembre de 1950Publicación (11536)