Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase en la cantidad de diez mil pesos ($ 10.000.00) la contribución del Estado para la financiación de la Exposición de Industrias de San José. Dicha cantidad será atendida por Rentas Generales, rigiendo, respecto a su inversión lo dispuesto por el artículo 2º de la ley de 1º de julio de 1949.