Ley11623·1950

INSTITUTO DE CONTRALOR DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES. INFRACCIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/10/1950

Fecha de publicación

11 de enero de 1950

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en la cantidad de cinco mil pesos ($ 5.000.00) el límite máximo de las multas previstas en el parágrafo cuarto del artículo 19 de la ley número 10.000. La fijación del monto de la multa, -en cada caso- deberá hacerse de manera fundada.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de octubre de 1950Promulgación (11623)
  2. 1 de noviembre de 1950Publicación (11623)