Ley11634·1951

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA E HIJOS DEL DOCTOR MARIO ICASUARIAGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de agosto de 1951

Fecha de publicación

23/01/1951

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a la viuda e hijos del extinto doctor Mario Icasuriaga, una pensión graciable de trescientos pesos ($ 300.00) mensuales, en sustitución de la legal que pudiera corresponderle.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de enero de 1951Promulgación (11634)
  2. 23 de enero de 1951Publicación (11634)