Ley11639·1951

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. AMPLIACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/02/1951

Fecha de publicación

3 de octubre de 1951

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo, para ampliar hasta la cantidad de doscientos mil pesos (pesos 200.000.00) valor nominal, la Deuda denominada "Obras Públicas 5%, 1942", con destino a la construcción de un puente y sus accesos sobre el arroyo Sarandí, 8ª sección del Departamento de Canelones, entre los Centros Balnearios La Floresta y Costa Azul.

Artículo 2Artículo 2

El Poder Ejecutivo emitirá la Deuda autorizada por esta ley, sólo a solicitud del Ministerio de Obras Públicas, en las cantidades estrictamente necesarias para la ejecución de la obra. Con anterioridad al decreto que ordena la iniciación de la obra, podrá emitirse hasta el ocho por ciento (8%).

Artículo 3Artículo 3

Decláranse aplicables, en cuanto no se opongan a la Presente ley, las disposiciones de obras públicas vigentes.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de febrero de 1951Promulgación (11639)
  2. 10 de marzo de 1951Publicación (11639)