Ley11653·1951

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA. BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). PRESTAMOS. PRORROGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/03/1951

Fecha de publicación

4 de julio de 1951

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorróganse para el año agrícola 1951-52, las leyes Nº 10.904, de 22 de abril de 1947; Nº 11.064, de 12 de mayo de 1948; Nº 11.273, de 19 de mayo de 1949, y Nº 11.414, de 21 de abril de 1950, sobre préstamos de semillas de trigo a los agricultores.

Artículo 2Artículo 2

Se fija en 10% (diez por ciento) el porcentaje en más a devolver al Estado.(*)

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de marzo de 1951Promulgación (11653)
  2. 7 de abril de 1951Publicación (11653)