Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase amnistía a todos los incursos en delitos electorales cometidos hasta la fecha de la publicación de esta ley, siempre que no resulte probada la intervención delictiva en el proceso respectivo.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase amnistía a todos los incursos en delitos electorales cometidos hasta la fecha de la publicación de esta ley, siempre que no resulte probada la intervención delictiva en el proceso respectivo.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.