Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo, para disponer de Rentas Generales, de la cantidad de $ 4.000.00 (cuatro mil pesos), la que será entregada al Comité Patriótico de Las Piedras en carácter de contribución a los gastos que le demande la realización de diversos actos patrióticos, a efectuarse el 18 de mayo y otras fechas de nuestra gesta emancipadora en el corriente año.