Auméntanse los rubros de gastos del Item 3.12 "Inspección General de Marina", que se detallan a continuación, en las siguientes cantidades:
Rubro 1.08: Compensaciones y complementos varios...........$ 17.683.20
" 2.02: Locomoción y Viáticos.........................." 960.00
" 2.09: Gastos Generales de Oficina...................." 1.200.00
" 2.10: Servicios Diversos............................." 2.400.00
" 3.04: Utiles y Materiales para Oficina..............." 600.00
" 3.07: Material Bélico................................" 6.000.00
" 3.08: Proyectiles, explosivos y similares............" 30.000.00
" 5.04: De maquinarias, equipos e instalaciones........" 160.000.00
$ 218.843.20
Se deduce:
Rubro 2.03: Alimentación de personas (Servicio contratado o pago en
metálico.......................................$ 336.00
$ 218.507.20
Incorpórase en el Item 3.17 "Personal de la Marina", el Cuerpo de
Especialidades con los siguientes efectivos:
7 Tenientes de Navío, a $ 3.036.00 c/u, $ 21.252.00
14 Alféreces de Navío, a $ 2.490.00 c/u, " 34.860.00
18 Guardia Marinas, a $ 2.334.00 c/u, " 42.012.00
$ 98.124.00
Auméntanse los Rubros de Gastos del Item 3.17 "Personal de la Marina" que se detallan a continuación, en las siguientes cantidades:
Rubro 1.01: Sueldos de cargos presupuestados:
20 Suboficiales de Cargo a $ 1.980.00
cada uno.......................... $ 39.600.00
20 Suboficiales de 1ª, a $ 1.800.00
cada uno............................" 36.000.00
20 Suboficiales de 2ª, a $ 1.560.00
cada uno............................" 31.200.00
50 Cabos de 1ª, a $ 1.800.00
cada uno............................" 90.000.00
50 Cabos de 2ª, a $ 1.740.00
cada uno............................" 87.000.00
284 Marineros de 1ª, a $ 1.440.00
cada uno............................" 408.960.00
56 Marineros de 2ª, a $ 1.380.00
cada da uno........................." 77.280.00
$ 770.040.00
Rubro 1.07: Compensaciones Sujetas a Montepío:
A) Para 7 Tenientes de Navío, a pesos 1.224.00 cada uno... $ 8.568.00
B)Para 14 Alféreces de Navío, a pesos 1.146.00 cada uno...." 16.044.00
C)Para 18 Guardia Marinas, a $ 888.00 cada uno............." 15.984.00
D)Para 20 Suboficiales de Cargo, 20 Suboficiales de 1ª y 20
Suboficiales de 2ª, a $ 660.00 cada uno...................." 39.600.00
$ 80.196.00
Rubro 1.08: Compensaciones y Complementos Varios:
A) Para 20 Suboficiales Radiotelegrafistas a $ 360.00 cada
uno........................................................ " 7.200.00
B)Para 48 Cabos Mecánico - electricistas, a $ 36.00 cada
uno........................................................ " 1.728.00
C)Para 40 Marineros de Máquinas, a $ 72.00 cada uno........." 2.880.00
$ 11.808.00
Auméntanse los Rubros de Gastos de los Items 3.19 "Servicio de Sanidad
Militar" y 3.22 "Varios Gastos" que se detallan a continuación, en las siguientes cantidades:
Item 3.19: Servicio de Sanidad Militar:
Rubro 3.05: Material Médico, Hospitalario y de Laboratorio. $ 8.000.00
Item 3.22: Varios Gastos:
C - Varios Gastos
Rubro 1.08: Compensaciones y Complementos Varios............" 14.040.00
B - Marina
" 3.11: Víveres........................................." 180.000.00
" 3.12: Combustibles y lubricantes......................" 400.000.00
" 3.15: Equipos y materiales varios....................." 98.320.00
$ 692.360.00
Asígnase en el Item 3.12, a la Escuela Naval, para mantenimiento y
actualización del equipo de instrucción, la cantidad de $ 36.000.00 anuales y a fin de atender gastos anexos por viajes de instrucción, la suma de pesos 12.000.00 anuales.
Se atenderá con cargo a Rentas Generales las erogaciones de Sueldos y Gastos establecidas en esta ley y el servicio de interés y amortización de la ampliación de la Deuda de "Bonos de Defensa Nacional" por un valor
nominal de $ 3.300.000.00, relativa a la adquisición de dos destructores
escolta y de un buque-escuela y gastos anexos a dicha adquisición.
De las dotaciones establecidas para Sueldos y Gastos en esta ley,
deberán deducirse por este solo ejercicio económico, los duodécimos
transcurridos a la fecha de promulgación de la misma.
Comuníquese, etc.