Ley11677·1951

LIGA URUGUAYA CONTRA EL ALCOHOLISMO. SUBVENCION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/06/1951

Fecha de publicación

22/11/1951

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Elévase a $ 24.000.00 (veinticuatro mil pesos) anuales la subvención de $ 1.200.00 (mil doscientos pesos) que actualmente percibe la Liga Uruguaya contra el Alcoholismo, por el rubro 6.04, inciso A) del Item 10.54 del Ministerio de Salud Pública.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase asimismo, por una sola vez, la liquidación de una partida de $ 10.000.00 (diez mil pesos) para la impresión del Boletín y obras y trabajos establecidos en las Conclusiones del Congreso Internacional contra el Alcoholismo.

Artículo 3Artículo 3

Las erogaciones de referencia serán atendidas por Rentas Generales.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 29 de junio de 1951Promulgación (11677)
  2. 22 de noviembre de 1951Publicación (11677)