Ley11705·1951

CAJA DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO. PRORROGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/08/1951

Fecha de publicación

9 de octubre de 1951

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 31 de octubre de 1951, la vigencia de la ley de 21 de mayo de 1951, que autorizó a la Caja de Industria y Comercio, a pagar las pasividades correspondientes al fondo de servicios públicos.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de agosto de 1951Promulgación (11705)
  2. 10 de setiembre de 1951Publicación (11705)