Ley11719·1951

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MAURICIO MENDOZA SILVA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de agosto de 1951

Fecha de publicación

25/10/1951

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase al señor Mauricio Mendoza Silva una pensión graciable de sesenta pesos ($ 60.00) mensuales, acumulable a la pasividad legal que actualmente percibe.

Artículo 2Artículo 2

Esta pensión será de cargo de Rentas Generales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de octubre de 1951Promulgación (11719)
  2. 25 de octubre de 1951Publicación (11719)