Ley11721·1951

HOSPITAL DE CLINICAS. EXONERACION DE TRIBUTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/10/1951

Fecha de publicación

30/10/1951

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

El Hospital de Clínicas "Doctor Manuel Quintela" será exonerado del pago de todos los derechos, patentes e impuestos nacionales, incluso de aduanas y tasas portuarias, previa autorización del Poder Ejecutivo en cada caso.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 16 de octubre de 1951Promulgación (11721)
  2. 30 de octubre de 1951Publicación (11721)