Ley11726·1951

DEUDA PUBLICA. EMISION. DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/10/1951

Fecha de publicación

19/11/1951

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase la comisión de hasta dos millones de pesos nominales de Títulos de Fomento Rural y Colonización en las condiciones establecidas por el Capítulo XIX, artículos 108 y siguientes de la ley N° 11.029, capital que se aplicará a los efectos de proporcionar tierras a los agricultores de las Colonias de San Javier y Ofir que, a juicio del Instituto Nacional de Colonización, las necesiten y les corresponda, de acuerdo en lo aplicable, con los artículos 59 y 60 de la antedicha ley N° 11.029. (*)

Artículo 2Artículo 2

Declárase de utilidad pública la expropiación de las tierras necesarias a los efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior de la presente ley.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 31 de octubre de 1951Promulgación (11726)
  2. 19 de noviembre de 1951Publicación (11726)