Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales la suma de setenta mil pesos ($ 70.000.00) con destino a atender los gastos que demande el Colegio de Abogados del Uruguay la organización de la VII Conferencia interamericana de Abogados, a efectuarse en Montevideo en noviembre de 1951.