Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para reintegrar al señor Pedro Cosentino el predio donado al Ministerio de Salud Pública, situado en el paraje denominado "Chacras de Santa Lucía Chico", fracción empadronada con el N° 4777 y compuesta, según título, de 17 hectáreas 9041 metros. (*)