Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Administración Nacional de Puertos para transferir a la Fábrica Nacional de Papel S.A. 3.663.77 metros cuadrados del predio de mayor superficie que, empadronado con el número 1120, posee en el pueblo Juan L. Lacaze, próximo a Puerto Sauce, 14.a sección judicial del Departamento de Colonia, en las condiciones que se establecen en el artículo siguiente.