Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Convenio celebrado el día 11 de marzo del año en curso por el Ministro de Ganadería y Agricultura del Uruguay, señor Juan T. Quilici, y el señor Benjamín Soares Cabello, Presidente de la Comisión Federal de Abastecimientos y Precios (COFAP) y delegado de la Comisión Consultiva del Trigo, del Gobierno de los Estados Unidos del Brasil, sobre la compraventa entre el Brasil y el Uruguay del trigo, harina y carnes para el abastecimiento del mercado brasileño. <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>