Ley11811·1952

ARRENDAMIENTOS. DESALOJOS. LANZAMIENTOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/04/1952

Fecha de publicación

30/04/1952

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 30 de abril de 1953, las disposiciones contenidas en los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la ley N° 11.661, de fecha 17 de mayo de 1951, sobre suspensión de desalojos en predios destinados a agricultura, granja o lechería.

Artículo 2Artículo 2

Para invocar el derecho de propietario a los efectos de las disposiciones antes citadas, es necesario que la escritura de traslación de dominio, que justifica su calidad de tal, sea de fecha anterior al 1° de marzo del corriente año.

Artículo 3Artículo 3

La presente ley es obligatoria desde el 30 de abril de 1952.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de abril de 1952Promulgación (11811)
  2. 30 de abril de 1952Publicación (11811)