Ley11827·1952

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. BIENES INMUEBLES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/06/1952

Fecha de publicación

7 de marzo de 1952

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para permutar el inmueble de propiedad del Estado, padrón N° 586, ubicado en la cuarta sección judicial (Las Piedras), del Departamento de Canelones, y que actualmente ocupa la Comisaría Seccional por el de propiedad del Club Solís de la misma ciudad, padrón N° 994, con la obligación, por parte del citado Club, de realizar a su costo las obras de adaptación necesarias en el inmueble de su pertenencia, por un valor no menor de trece mil trescientos setenta pesos.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de junio de 1952Promulgación (11827)
  2. 3 de julio de 1952Publicación (11827)