Ley11899·1952

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA C. GUERRERO LAVALLEJA DE CANOVAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/12/1952

Fecha de publicación

1 de marzo de 1953

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a la señora María C. Guerrero Lavalleja de Cánovas, una pensión graciable de un mil ochocientos pesos ($ 1.800.00) anuales, en su calidad de descendiente del Jefe de los Treinta y Tres Orientales General don Juan Antonio Lavalleja, la que será atendida por Rentas Generales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 18 de diciembre de 1952Promulgación (11899)
  2. 3 de enero de 1953Publicación (11899)