Ley11932·1953

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. GRACIANA PETILLO DE PINTOS DIAGO. ISABEL PINTOS DIAGO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/04/1953

Fecha de publicación

5 de setiembre de 1953

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a la señora Graciana Petillo de Pintos Diago y a su señorita hija Isabel Pintos Diago, una pensión graciable de tres mil pesos ($ 3.000.00) anuales, la que será atendida por Rentas Generales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de abril de 1953Promulgación (11932)
  2. 9 de mayo de 1953Publicación (11932)