Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdese a la señora Clarilda Zulema Gadea de Bie y a su hija Lidia María de Bie, una pensión graciable de ciento setenta pesos ($ 170.00) mensuales, en sustitución de la legal que les pudiera corresponder, la que será atendida por Rentas Generales.