Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la señora Mercedes Pulido de Vilamajó una pensión graciable de trescientos pesos mensuales, en su carácter de viuda del arquitecto don Julio Vilamajó, la que será servida por Rentas Generales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la señora Mercedes Pulido de Vilamajó una pensión graciable de trescientos pesos mensuales, en su carácter de viuda del arquitecto don Julio Vilamajó, la que será servida por Rentas Generales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.