Ley11955·1953

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MIGUEL BECERRO DE BENGOA. JUAN JOSE BRITO DEL PINO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/06/1953

Fecha de publicación

14/07/1953

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase al doctor don Miguel Becerro de Bengoa y a don Juan José Brito del Pino, pensiones graciables de seiscientos pesos y quinientos cincuenta pesos mensuales, respectivamente, en sustitución de la pasividad que les corresponde y trasmisibles en su oportunidad a sus causahabientes, las que serán atendidas por Rentas Generales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 30 de junio de 1953Promulgación (11955)
  2. 14 de julio de 1953Publicación (11955)