Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado para el Departamento de Tacuarembó, el día 17 de julio del corriente año.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado para el Departamento de Tacuarembó, el día 17 de julio del corriente año.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.