Ley11979·1953

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MATIAS GONZALEZ

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de enero de 1953

Fecha de publicación

22/07/1953

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Elévase a cien pesos ($ 100.00) mensuales, la pensión graciable acordada por ley de 14 de junio de 1932 al señor Matías González, acumulable a la legal que percibe, la que será atendida por Rentas Generales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de julio de 1953Promulgación (11979)
  2. 22 de julio de 1953Publicación (11979)