Artículo 1 — Artículo 1
Elévase a cien pesos ($ 100.00) mensuales, la pensión graciable acordada por ley de 14 de junio de 1932 al señor Matías González, acumulable a la legal que percibe, la que será atendida por Rentas Generales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Elévase a cien pesos ($ 100.00) mensuales, la pensión graciable acordada por ley de 14 de junio de 1932 al señor Matías González, acumulable a la legal que percibe, la que será atendida por Rentas Generales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.