Ley12019·1953

ACUERDOS INTERNACIONALES. APROBACION DEL ACUERDO GENERAL DE ARANCELES Y COMERCIO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de junio de 1953

Fecha de publicación

19/12/1953

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse el Acuerdo General de Aranceles y Comercio y los Convenios y Protocolos que lo integran. <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>

Artículo 2Artículo 2

El Poder Ejecutivo designará dentro del término de treinta días, a contar de la fecha de la promulgación de la presente ley, una Comisión compuesta de quince miembros con el objeto de hacer un estudio de la tarifa aduanera, en función de la defensa económica del país y de adaptarla al Acuerdo General de Aranceles y Comercio. La referida Comisión deberá expedirse en el término de ciento ochenta días formulando un proyecto de arancel, el que después de aprobado por el Poder Ejecutivo, será sometido a la consideración del Poder Legislativo.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 6 de noviembre de 1953Promulgación (12019)
  2. 19 de diciembre de 1953Publicación (12019)