Ley12051·1953

COMPUTO DE SERVICIOS A EFECTOS JUBILATORIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/11/1953

Fecha de publicación

22/12/1953

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Hácense extensivos los beneficios establecidos en la ley N° 11.909, de 19 de diciembre de 1952, a los funcionarios que habiendo sido destituídos con violación de las reglas de derecho, fueron repuestos en sus cargos por la misma autoridad que los destituyó, siempre que ésta al reponerlos en sus cargos, hubiese reconocido expresamente como fundamento de su decisión, la ilegalidad de la exoneración.

Artículo 2Artículo 2

El pedido de reconocimiento de servicios respectivos sólo podrá formularse dentro del plazo de noventa días a contar desde el día de la promulgación de la presente ley.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 28 de noviembre de 1953Promulgación (12051)
  2. 22 de diciembre de 1953Publicación (12051)