Artículo 1 — Artículo 1
Decláranse computables a los efectos jubilatorios los servicios prestados honorariamente por el señor Enrique Caroselli en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social, Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal, Hospital de Clínicas y OSSODRE de manera ininterrumpida en el período comprendido entre los años 1926 a 1944, asignándole un sueldo ficto de sesenta pesos mensuales, a los efectos de los reintegros pertinentes.