Ley12067·1953

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIRGINIO D'AMATTO O D'AMATO GALLO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/11/1953

Fecha de publicación

21/12/1953

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Elévase en trescientos pesos ($ 300.00) anuales, la pensión graciable que percibe el señor Virginio D'Amatto Gallo, por la ley N° 11.975, de 1° de julio de 1953, la que será atendida por Rentas Generales y acumulable a la legal correspondiente.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 28 de noviembre de 1953Promulgación (12067)
  2. 21 de diciembre de 1953Publicación (12067)