Ley12071·1953

LEY ORGANICA MILITAR. MODIFICACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de abril de 1953

Fecha de publicación

23/12/1953

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Decláranse comprendidos en los artículos 276 y 282 de la ley Orgánica Militar N° 10.757, de julio de 1946, los Oficiales de los Cuerpos Técnicos de Ingeniería y Arquitectura Militar y de Armamentos y Explosivos.

Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

Si en dos años consecutivos no se produjeran vacantes (inclusive las que resultaren de la aplicación de lo dispuesto anteriormente con respecto al artículo 282), en determinada jerarquía de alguno de los escalafones, al segundo año se tomará como coeficiente mínimo para producirlas en el mismo la fracción 0.25.

Artículo 4Artículo 4

Los Oficiales de los Cuerpos Técnicos de Ingeniería y Arquitectura Militar y de Armamentos y Explosivos que antes de la fecha de promulgación de esta ley hayan estado colocados en situación de ascender con arreglo a lo que se dispone en esta ley, serán ascendidos en las fechas que les hubiere correspondido, del modo y forma como han sido ascendidos los demás Oficiales combatientes.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 4 de diciembre de 1953Promulgación (12071)
  2. 23 de diciembre de 1953Publicación (12071)