Ley12119·1954

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. TRABAJADORES. REMUNERACIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de junio de 1954

Fecha de publicación

15/07/1954

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer de los recursos asignados por la ley N° 11.830, de 27 de junio de 1952, de hasta la suma de noventa y ocho mil pesos ($ 98.000.00) a fin de abonar las diferencias de jornales que, de conformidad con el salario mínimo y escalas de salarios establecidos de acuerdo con la mencionada ley, se adeudan a los obreros de las siguientes obras realizadas en el Departamento de Canelones: A) Liceo de Las Piedras. B) Escuela La Cruz de los Caminos. C) Escuela N° 105 de San Jacinto. D) Escuela al Aire Libre de la ciudad de Canelones. E) Parque Franklin D. Roosevelt.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 6 de julio de 1954Promulgación (12119)
  2. 15 de julio de 1954Publicación (12119)