Artículo 1 — Artículo 1
Establécese un nuevo plazo de noventa días, a partir de la publicación de esta ley, para acogerse a los beneficios establecidos por la ley N° 12.058, de 28 de noviembre de 1953.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Establécese un nuevo plazo de noventa días, a partir de la publicación de esta ley, para acogerse a los beneficios establecidos por la ley N° 12.058, de 28 de noviembre de 1953.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.