Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase para las operaciones de compraventa de trigo de la cosecha 1954 - 1955 y por cada cien kilogramos de grano seco, sano y limpio, sin la bolsa, el precio de $ 16.50 puesto en la Capital.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase para las operaciones de compraventa de trigo de la cosecha 1954 - 1955 y por cada cien kilogramos de grano seco, sano y limpio, sin la bolsa, el precio de $ 16.50 puesto en la Capital.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.