Ley12192·1955

CONCESION DE NUEVO PLAZO PARA INSCRIPCION DE CONTRATOS DE ARRENDAMIENTOS RURALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/05/1955

Fecha de publicación

6 de marzo de 1955

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese un nuevo plazo de 90 días para la inscripción de los contratos a que se refiere la ley de Arrendamientos Rurales N° 12.100, del 27 de abril de 1954, y la modificativa N° 12.116, del 2 de julio de 1954. Este plazo se computará desde la fecha de la promulgación de la presente ley.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de mayo de 1955Promulgación (12192)
  2. 3 de junio de 1955Publicación (12192)