Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Convenio de Pagos suscrito con el Reino de Dinamarca, con fecha 9 de setiembre de 1953. Apruébanse asimismo las Notas Reversales aclaratorias de dicho Convenio y que llevan la misma fecha.<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>