Artículo 1 — Artículo 1
Elévese a la Categoría de Pueblo, con la denominación de "Conchillas", a las poblaciones conocidas por Conchillas y Gil, situadas en la 7ª Sección Judicial del Departamento de Colonia.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Elévese a la Categoría de Pueblo, con la denominación de "Conchillas", a las poblaciones conocidas por Conchillas y Gil, situadas en la 7ª Sección Judicial del Departamento de Colonia.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.