Ley12259·1955

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JOAQUINA BRAZIL DE PRADINES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/12/1955

Fecha de publicación

24/01/1956

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Concédese a la señorita María Petrona Pradines Brazil, una pensión de $ 200.00 (doscientos pesos) mensuales, que percibirá desde el 18 de junio de 1952, fecha en que dejó de hacerse efectiva la pensión por fallecimiento de su señora madre, doña Joaquina Brazil de Pradines.

Artículo 2Artículo 2

Esta pensión será atendida con cargo al remanente del recurso que establece el artículo 6.o de la ley N.o 11.869, de 22 de octubre de 1952.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de diciembre de 1955Promulgación (12259)
  2. 24 de enero de 1956Publicación (12259)