Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de Bernabé Rivera la población conocida con el nombre de Yacaré o Allende, ubicada en la cuarta sección judicial del Departamento de Artigas.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
1 de noviembre de 1956
Fecha de publicación
2 de junio de 1956
Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de Bernabé Rivera la población conocida con el nombre de Yacaré o Allende, ubicada en la cuarta sección judicial del Departamento de Artigas.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.