Ley12291·1956

FIJACION DE LOS CREDITOS POR APORTACIONES PARA EL PAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de diciembre de 1956

Fecha de publicación

22/06/1956

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Los créditos que por aportaciones para el pago de asignaciones familiares adeuden a las Cajas de Compensación las empresas o patronos, gozarán, en caso de concurso de acreedores, concordatos o quiebras, del privilegio a que se refieren los artículos 2369, inciso 6° del Código Civil y 1732, inciso 6° del Código de Comercio, con los mismos efectos, forma, grado y prelación.

Artículo 2Artículo 2

Este privilegio deberá aplicarse en todas las liquidaciones pendientes de distribución a la fecha de sanción de la presente ley.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 12 de junio de 1956Promulgación (12291)
  2. 22 de junio de 1956Publicación (12291)