Artículo 1 — Artículo 1
Declárense feriados para el Departamento de Florida los días 9, 10 y 11 de julio de 1956.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárense feriados para el Departamento de Florida los días 9, 10 y 11 de julio de 1956.
Artículo 2 — Artículo 2
Los Poderes del Estado y organismos públicos acordarán licencia para los días establecidos en el artículo anterior, a los funcionarios, empleados y obreros que hubieren nacido en el Departamento de Florida.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.