Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de $ 600.00 (seiscientos pesos) mensuales, a la señora doña Margarita Ordeix de Llanos, la cual será atendida con cargo a Rentas Generales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de $ 600.00 (seiscientos pesos) mensuales, a la señora doña Margarita Ordeix de Llanos, la cual será atendida con cargo a Rentas Generales.
Artículo 2 — Artículo 2
Al fallecimiento de la señora Margarita Ordeix de Llanos, pasará el cincuenta por ciento de dicha pensión, como beneficio trasmisible, a su nieta doña Lira Justa Castrillón de Llanos de Rodríguez Campos.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.