Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de $ 900.00 (novecientos pesos) mensuales, a la señora María E. Baracco de García Pintos y a su hijo menor Pablo García Pintos, en sustitución de la legal que pudiera corresponderles y con cargo al mayor producido del Impuesto Universitario.