Ley12372·1957

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARGARITA VIEJOBUENO DE MUÑOA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de octubre de 1957

Fecha de publicación

28/01/1957

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase una pensión graciable por la suma de $ 200.00 (doscientos pesos) mensuales, a la señora Margarita Viejobueno de Muñoa, en su condición de viuda del Médico de Policlínica Móvil y Asistencia Domiciliaria del Centro Departamental de Salto, interino, doctor Pablo J. Muñoa, sustituyendo la pensión ordinaria que de acuerdo con las disposiciones vigentes le correspondiera, la que será atendida con cargo al remanente del producido que establece el artículo 6° de la ley N° 11.869, de 22 de octubre de 1952.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 10 de enero de 1957Promulgación (12372)
  2. 28 de enero de 1957Publicación (12372)